INSPECCIÓN URBANÍSTICA AUTONÓMICA. PARCELACIONES URBANÍSTICAS EN SUELO NO URBANIZABLE.
La Asociación de Inspectores de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda tiene entre sus fines la promoción del estudio del derecho urbanístico y de cuantas disciplinas jurídicas y técnicas conforman el ámbito de actuación profesional de la asociación, con especial incidencia en los objetivos y competencias establecidas en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como en la realidad socioeconómica de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En cumplimiento de los mismos, la actual Junta Directiva asume con verdadera ilusión la organización de estas III Jornadas de la Asociación, las cuales, siguiendo el formato de ediciones anteriores, las desarrollaremos a lo largo de dos tardes, las correspondientes a los días 9 y 10 de Diciembre. Durante la primera tarde, analizaremos cómo, respetando el ámbito de autonomía local constitucionalmente garantizado, cada una de las Comunidades Autónomas que conforman el territorio español prevén, de diferentes formas (competencia subsidiaria, subrogada, concurrente…) la intervención autonómica en el ejercicio de la disciplina urbanística cuando el ilícito suponga una afectación competencial autonómica. Dicha posibilidad legal deberá adaptarse, tanto en sus aspectos sustantivos como formales, a la Legislación Básica de Régimen Local y, con ello, no alterar ni el nivel de autonomía local que asegura la citada Ley Básica ni la competencia estatal en materia de bases del régimen local, cuya competencia exclusiva corresponde al Legislador Estatal. Los últimos acontecimientos jurisprudenciales provenientes del Tribunal Constitucional, nos han obligado a realizar una reflexión sobre este aspecto así como sobre los supuestos en los que las distintas Comunidades Autónomas pueden asumir el ejercicio de la disciplina urbanística, en sus dos vertientes, de restablecimiento de la legalidad urbanística y sancionadora, ante infracciones que atenten al ejercicio de las competencias de dichas Comunidades Autónomas. Durante la segunda tarde, se analizarán en sus aspectos jurídicos y técnicos el fenómeno de las parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable, pues tales infracciones por sus repercusiones territoriales, asistenciales, sociales e incluso demográficas, inciden en el sistema de asentamientos y suponen una afectación competencial autonómica de primer orden. Las Jornadas se dirigirán a todos los profesionales relacionados con el ejercicio de la disciplina urbanística tanto en sus manifestaciones locales como autonómicas, incluyendo con ello a profesionales libres (abogados, arquitectos, geógrafos, Ingenieros, etc) cuyo ejercicio profesional también incide de un modo u otro en el ejercicio de dicha potestad administrativa. Se analizará el derecho comparado autonómico al objeto de conocer otros modelos, distintos del andaluz, en el ejercicio de la disciplina urbanística. Solo el tiempo nos permitirá contratar si los textos legales vigentes y sus modificaciones podrán establecer un verdadero punto y final a la indisciplina urbanística.