XXXIV edición del Certamen Literario.
Desde la Delegación de Igualdad y Diversidad.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA XXXIV EDICIÓN DEL CERTAMEN LITERARIO “MUJERARTE”
2026
1º.- PARTICIPANTES
Podrán participar todas las mujeres residentes legalmente en España, a partir de 16 años cumplidos,
antes del 31 de diciembre del 2026.
2º.- MODALIDAD Y FORMATO
Se establecen dos modalidades: Relato Breve y Poesía.
En la modalidad de Relato, los trabajos tendrán una extensión entre 8 y 16 folios y en la modalidad de
Poesía entre 40 y 60 versos, en uno o más poemas. Dichos originales se presentarán mecanografiados por
una sola cara, en formato A4, en caracteres “Arial” o Times New Roman, tamaño de letra 12”, con
interlineado doble y firmado con seudónimo o lema.
3º.- REQUISITOS
a) Los trabajos deberán estar escritos en lengua española.
b) El tema es libre.
c) Los trabajos deberán ser inéditos y originales. No podrán estar premiados ni publicados en ningún otro
certamen ni en cualquier medio o formato digital.
d) Las concursantes participarán con una sola obra en solo una de las dos modalidades.
e) Las personas premiadas en la edición anterior no podrán participar en esta edición, en ninguna de las
dos modalidades establecidas.
f) Los trabajos que no se ajusten a estas bases serán rechazados.
g) Las personas beneficiarias deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones.
4º.- PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo II de esta convocatoria. Se dirigirán al
Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán eligiendo una de las siguientes opciones:
a) Preferentemente de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lucena
(https://www.lucena.es) dentro del “Catálogo de trámites” conforme al procedimiento específico habilitado
“Certamen Literario Mujerarte” hasta el día 15 de mayo, a partir de la publicación del extracto de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
En dicha solicitud se deberán cumplimentar los datos personales obligatorios, indicando el pseudónimo
con el que desea participar, así como la modalidad a la que se presenta. Igualmente conllevará una
declaración responsable sobre la originalidad de la obra, así como no estar incursa en ninguna de las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones. todo ello sin perjuicio de las
comprobaciones de oficio que pueda realizar el Ayuntamiento, a las cuales se autoriza con la presentación
de la solicitud.
Asimismo, se deberá adjuntar a la solicitud la obra en formato digital PDF, con un tamaño máximo de
5Mb, además de copia del NIF, DNI, NIE o pasaporte y un breve curriculum personal.
b) En caso de que no se dispusiera de los medios técnicos para poder presentar solicitud a través de la
Sede Electrónica, la documentación podrá presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Así, podrán presentarse
físicamente en el registro del Ayuntamiento de Lucena o bien a través de correo ordinario (dirigido a:
Ayuntamiento de Lucena. Plaza Nueva, 1. 14900 Lucena (Córdoba), indicando “XXXIV Edición del
Certamen Literario “Mujerarte".
Cada concursante presentará dos copias de su trabajo firmadas mediante pseudónimo. Dichas copias
irán dentro de un sobre cerrado en cuyo exterior figurará XXXIV Edición Certamen Literario “Mujerarte”, el
pseudónimo de la autora, el título de la obra y la modalidad a la que se presenta. En el interior del sobre,
además, se incluirá un segundo documento aparte que deberá contener los datos personales siguientes,
conforme al modelo de solicitud:
a) Nombre completo de la autora.
b) Edad.
c) Dirección.
d) Teléfono de contacto.
e) Correo electrónico.
f) Breve biografía o curriculum personal.
g) Copia del NIF, DNI, NIE o pasaporte.
h) Declaración Responsable que indique que el trabajo es inédito y no premiado ni publicado en ningún
otro certamen ni en cualquier medio digital.
i) Declaración Responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiaria de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que no recibe ayudas para la misma finalidad y que
se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la
Hacienda Municipal; todo ello sin perjuicio de las comprobaciones de oficio que pueda realizar el
Ayuntamiento, a las cuales se autoriza con la presentación de la solicitud.
5º.- PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de las presentes
Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la Base Nacional de Datos de Subvenciones, así
como en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica Municipal y permanecerá abierto hasta el 15 de mayo
de 2026.
6º.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá por la Delegación de Igualdad al
examen y verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases, publicándose
anuncio del Decreto de Alcaldía que contendrá la relación provisional de personas admitidas y excluidas
pendientes de subsanación, con advertencia de desistimiento y archivo si no lo atendiera en plazo de diez
días. Tras ello, se dictará nuevo Decreto de Alcaldía que será publicado en el Tablón de Anuncios Municipal
y que contendrá la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación, en este último
caso, de la causa de exclusión.
A continuación se le facilitará al Jurado los trabajos admitidos para su valoración. El Jurado estará
integrado por personas relacionadas con el mundo literario y valorará los trabajos presentados que reúnan
los requisitos formales establecidos en las presentes bases, produciéndose el fallo en consideración del
mérito absoluto de los mismos.
Los criterios de valoración para la adjudicación de los premios serán lo siguientes, por orden de
prelación:
-Calidad literaria de la obra y dotes creativas de la autora.
-Originalidad del texto.
-Riqueza de vocabulario, estructura e impacto de la obra.
El Jurado tendrá potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o cualquier
acontecimiento que surgiese y no estuviese recogido en las siguientes bases.
El fallo del Jurado será inapelable y el Certamen podrá ser declarado desierto. De todo lo actuado
deberá levantarse acta, que será remitida al Alcalde para que adopte Resolución.
Una vez efectuada la Resolución del Certamen, las ganadoras se comprometen en el plazo de 15 días
como máximo, a enviar sus trabajos en soporte informático en versión word o compatible, junto con un
breve currículum y una foto tamaño carnet.
La resolución del Certamen se hará pública en el Tablón de Edictos Municipal y en la Base Nacional de
Datos de Subvenciones, así como en los medios de difusión locales, sin perjuicio de que se realice una
comunicación personal a las ganadoras.
7º.- PREMIOS
La cuantía de los premios se establece de la siguiente forma y estará sujeta a las retenciones fiscales
previstas según ley.
En la modalidad de poesía:
Un primer premio dotado con 1.000 euros.
Un segundo premio dotado con 500 euros.
En la modalidad de relato corto:
Un primer premio dotado con 1.000 euros.
Un segundo premio dotado con 500 euros.
Será requisito indispensable recoger personalmente o por persona acreditada el premio concedido, sin
que exista posibilidad de representación por parte del equipo técnico del Centro municipal de información a
la mujer. El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios si las obras presentadas no fueran de
calidad aceptable.
8º.- NOTAS
a) Los originales presentados quedarán en poder de la Delegación de Igualdad de Lucena hasta la
siguiente convocatoria, pudiendo ser retirados los no premiados en un plazo máximo de dos meses, previa
acreditación de la autora; de no ser así, serán destruidos.
b) Asimismo, la Delegación de Igualdad se reserva el derecho de publicar los trabajos premiados,
respetando en todo caso lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
c) La participación en el concurso supone la aceptación de las bases de esta convocatoria.
9º.- La presente convocatoria se rige por el Texto Refundido de la Ordenanza General reguladora de las
Bases de Concesión de Subvenciones (publicada en el BOP Córdoba nº 147, de 31 de julio de 2025),
aplicándose para lo no previsto en ella por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del
Presupuesto del Ayuntamiento de Lucena para el ejercicio 2026, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de otras disposiciones
que por su naturaleza resulten de aplicación.